viernes, 9 de octubre de 2009

Instancia de ingreso en Apnoe

Queremos compartir con todos la instancia que hemos desarrollado, de solicitud de ingreso a la apnoe (la verdad es que queda un poco raro apnoe, ¿a alguien se le ocurre otra abreviatura?).

Evidentemente este es un mensaje para las personas que estén interesadas en formar parte de dicha asociación.

Es una solicitud que corresponde a los requisitos marcados en el documento marco realizando un baremo sumativo sobre los mismos.

Creemos también que es fácil su cumplimentación. Lamentamos que su redacción se reduzca únicamente al castellano. Trataremos de solucionar el tema idiomático en el menor tiempo posible.

Aún así, para cualquier duda o consulta podéis dirigir un correo a info.apnoe@gmail.com.
Las instancias y la documentación hay que enviarlas a nuevosmiembros.apnoe@gmail.com

Gracias.


LA INSTANCIADOCUMENTACIÓN A APORTAR
La única documentación a aportar junto a la instancia será:
.- una vida laboral para el primer requisito.
.- una declaración jurada, para el segundo.
.- toda aquella que el solicitante estime oportuna para valorar correctamente el requisito cuarto.

Toda aquella solicitud que no vaya acompañada de los dos primeros documentos, no será valorada hasta la recepción de los mismos. El orden de valoración será correspondiente al orden de solicitud.

RESULTADOS
Para obtener un RESULTADO ORIENTATIVO, podemos sumar los puntos obtenidos en los tres primeros requisitos y dividir el resultado entre cinco.
El RESULTADO FINAL se obtendrá sumando a los tres primeros, el resultado del cuarto requisito, baremado por la comisión de nuevos miembros, y dividiendo este último resultado de la suma entre seis. Solo será válido el emitido por la comisión de nuevos miembros.

Para poder participar con voz y voto en la Asamblea constitucional del día 8 de enero, el resultado FINAL será igual o superior a 6 puntos.
Las solicitudes cuyo resultado FINAL sea igual a 5 o esté entre 5 y 6, será la Asamblea quien decida si son admitidas o no en la asociación.
Las solicitudes cuyo resultado FINAL sea inferior a 5 serán desestimadas, emplazándolas a un nuevo plazo de ingreso.

COMISIÓN DE NUEVOS MIEMBROS
Será la comisión de nuevos miembros la que comunicará a cada solicitante el RESULTADO FINAL correspondiente a su solicitud, desglosando cada requisito con su correspondiente puntuación.

En el momento en el que la persona solicitante recibe su RESULTADO FINAL y este es igual o superior a seis, podrá pertenecer, si es de su voluntad, a la comisión de nuevos miembros y automáticamente pasará a formar parte del grupo de discusión desde el que se gestó, discutió, consensuó y creó el documento marco, se trabajó sobre la elaboración
de este documento y se seguirá trabajando sobre la preparación de la Asamblea y el desarrollo de la asociación y todo lo que a ella concierne.

PLAZOS
Se tendrán en cuenta todas aquellas instancias recibidas en el correo pertinente antes de la finalización del día 27 de noviembre que de hoy dista en cincuenta días. Todas aquellas instancias presentadas fuera de plazo, no se valorará para esta convocatoria.

¿DUDAS? ¿CONSULTAS?
Las trataremos de resolver en info.apnoe@gmail.com

¿PROPUESTAS?
El nombre, los requisitos, el plazo, la asamblea, la valoración, las comisiones... Las estamos esperando en propuestas.apnoe@gmail.com


La instancia consta de dos grandes bloques.

El primero corresponde a los DATOS PERSONALES básicos de la persona solicitante.

El segundo corresponde a la baremación de los REQUISITOS. Los requisitos están redactados en la instancia por lo que no es necesario tener el documento marco delante.

Cada requisito, según las opciones marcadas, obtendrá una puntuación. Esta se sumará y obtendrá una media para obtener un RESULTADO FINAL.

Todos los requisitos puntúan sobre diez puntos menos el primero que es el que versa sobre el tiempo de cotización.
La máxima puntuación (treinta puntos) corresponde a los dieciocho meses que aparecen en la redacción del requisito, aunque se empieza a puntuar a partir de los seis meses de alta. El hecho de puntuar treinta puntos frente a los diez de los ítems restantes es porque consideramos que es justo premiar a aquellas personas que están cotizando desde hace tiempo. A más tiempo de cotización, más puntos. Y también porque es la única manera de que aún cumpliendo de sobra los ítems restantes, si no se está dado de alta no puede ingresar en la Asociación que esto, de momento, parece uno de los criterios más unánimes.

El cuarto requisito es el único que queda a manos de la comisión de nuevos miembros ya que se trata de baremar la trayectoria profesional a favor de la dignificación del oficio y es el menos objetivo.


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